Sede Electrónica / Notifica

NOTA EXPLICATIVA SOBRE EL SERVICIO NOTIFIC@

COMUNICACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

 

De acuerdo con la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 424/2016 de 11 de noviembre, por el que se establece la Estructura Básica de los Departamentos Ministeriales, y a los efectos de implementar el sistema de notificación por medios electrónicos previsto en la primera, se ha creado la plataforma Notific@, atendida por la Secretaria General de la Administración Digital, dependiente de la Secretaría de Estado de la Función Pública, con el Ministerio  de Hacienda y Función Pública como titular de la misma.

La plataforma Notific@ recibe notificaciones de las distintas administraciones públicas y otros organismos emisores y, dependiendo del Organismo, las pone a disposición de los destinatarios a partir de los avisos de la existencia de dichas notificaciones correspondientes a actos administrativos, resoluciones judiciales, licitaciones, concursos, gestión clasificación empresarial, etc.

El sector público comprende:

  • La Administración General del Estado.

  • Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

  • Las Entidades que integran la Administración Local.

  • El sector público institucional (Entidades de derecho público y privado, universidades, etc.).

     

    En determinados supuestos, a los efectos de la recepción de los avisos de notificaciones, se hace precisa la existencia de una dirección de correo electrónica habilitada. Por tal motivo, el Grupo FCC ha decidido crear, para la totalidad de entidades que conforman dicho Grupo, un único buzón corporativo habilitado denominado NOTIFICA@FCC.ES, de cuya gestión se ha hecho cargo el Departamento de Servicios Generales, encargándose de la recepción de las notificaciones a través de CERTIFIC@ con los certificados digitales correspondientes y, siguiendo las indicaciones de las diferentes Áreas de Negocio a través del programa VISION, de su redistribución interna.

El cometido de esta dirección de correo es el siguiente:

  1. Establecer un buzón exclusivo que permita gestionar de una manera sencilla, fiable y segura la recepción de comunicaciones giradas por las Administraciones Públicas. En este enlace se pueden comprobar los usuarios asignados para reenvío de las notificaciones.

  2. Evitar el uso de direcciones de correo individuales de empleados que a largo plazo puedan dar lugar a la pérdida de notificaciones debido a la variación de la situación del trabajador(traslados, bajas temporales, bajas definitivas, etc.).

     

Se ruega, por tanto,  la comunicación de esta dirección de correo electrónico corporativa a las administraciones públicas y demás organismos oficiales con los que se interrelacione en nuestras respectivas actividades, y nos remitan a NOTIFICA@FCC.ES  antes del 30/11/2017 el listado con las diferentes administraciones y organismos a los que se les ha comunicado para proceder a la activación de los certificados oportunos que nos permitan descargar las notificaciones y distribuirlas según las indicaciones recibidas.

Sólo en los casos que la Administración Pública exija la aportación de una segunda dirección de correo electrónico se podrá facilitar la dirección de correo del empleado de que se trate.

En el caso de que sea necesaria la remisión de escritos o documentación como contestación a la notificación recibida, ésta se realizará desde la dirección de correo del empleado o desde un buzón corporativo habilitado para tal efecto por parte del Área de Negocio correspondiente. Únicamente se responderá desde el buzón notifica@fcc.es cuando así lo exija la propia notificación.

 

En cumplimiento de la normativa en materia de Protección de Datos se informa que:

El nuevo procedimiento de notificaciones electrónicas, puesto en marcha por la Administración Pública, hace que sea imprescindible la apertura de la misma para poder conocer el  destinatario de dicha notificación. En la misma, únicamente se detalla que se trata de una notificación para la Entidad X y que proviene del Organismo X (AEAT, SGAJ, etc.). Es decir, con la información que se detalla no existe otra forma (sin abrir la notificación) de poder conocer la materia ni el destinatario de la misma.

No obstante lo anterior, queremos indicar que toda persona que acceda a datos personales tiene la obligación de guardar secreto sobre la información accedida. En este sentido, el personal de Servicios Generales que se encarga del acceso y gestión de las notificaciones, ha firmado el correspondiente acuerdo de confidencialidad, una medida que refuerza dicho compromiso de secreto.

Esta normativa es de aplicación exclusivamente en España

 

Para cualquier aclaración contactar con Roberto Fernández García o Gracia Ruiz Léon